Sistema TicketBAI y Proyecto Batuz

Sistema TicketBAI y Proyecto Batuz

A partir del 01/01/2021 será obligatorio el uso del sistema TicketBAI y el proyecto Batuz para todas las personas físicas y jurídicas sujetas a imposición directa en Bizkaia. Esto es, sujetas a renta y al impuesto de Sociedades. Esto quiere decir, que deberán de usar programas de facturación compatibles con dicho sistema.

La Hacienda Foral de Bizkaia publicará a partir de junio el registro de programas informáticos que son compatibles.

El objetivo de estos sistemas es el garantizar la integridad y la trazabilidad de la información que llega a Hacienda. Está muy dirigido a la lucha contra el fraude.

Actualmente se va a publicar el proyecto de Norma Foral. Se prevé sea aprobada en mayo.

TicketBAI es un proyecto común de las tres Diputaciones forales y el Gobierno Vasco. Pero el proyecto Batuz es solamente de Bizkaia. Dicho sistema se basa en tres pilares:

  • TicketBAI. Esto implica unos requisitos técnicos para la expedición de facturas o documentos equivalentes.
  • Modelo actual 140 para personas físicas que ejercen una actividad económica a efectos de renta. Hasta ahora, una vez al año, estas personas físicas envían telemáticamente a Hacienda el libro registro de operaciones económicas. A partir de 01/01/2021, todas las personas físicas que ejercen una actividad económica a efectos de renta y también las personas jurídicas, incluidas las sociedades patrimoniales, en Bizkaia deberán de llevar en sede electrónica de Hacienda dichos libros en unos plazos determinados. Para las grandes empresas o personas jurídicas sujetas a la devolución mensual del IVA, que actualmente utilizan el Suministro Inmediato de información del IVA (SII) en el que deben de enviar en el plazo máximo de 4 días desde la emisión, las facturas emitidas, seguirán con ese plazo. Para el resto, el plazo para enviar estos libros registro es el trimestre, al igual que el plazo para enviar las declaraciones trimestrales. Este sistema sustituye por tanto al modelo 140 y al SII.
  • Facilitar el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes presentándoles un borrador de las declaraciones que solamente tendrán que revisar y validar.

Los requisitos técnicos que deberán de tener todas las facturas o documentos equivalentes son:

  • El sistema informático antes de expedir el documento o factura, genera previamente un fichero xlm firmado electrónicamente. Se genera una huella digital que se incorporará a la factura. De esta manera desaparece la expedición de las facturas a “mano”. Será necesario un software y un certificado digital para firmar ese fichero. Hacienda pondrá a disposición de aquellos sujetos pasivos que remitan pocas facturas al año (más o menos están barajando 100), un software. La aplicación estará en sede electrónica, no en la aplicación bila.
  • La factura además tendrá los siguientes datos añadidos. El identificativo TicketBAI que son 39 dígitos y un código QR que recoge todos los datos de la factura. Con este código QR se podrá ver si la factura que me han entregado ha sido declarada a Hacienda. También el código del desarrollador del software utilizado.
  • El sistema no será compatible con las cajas registradoras actuales o TPV porque éstas no tienen firma electrónica. Izenpe va a poner en circulación un certificado electrónico del dispositivo que no necesitará conexión a internet.
  • No estarán permitidas las anotaciones diarias de todas las ventas del día. Cada factura emitida deberá suponer un fichero.
  • Las obligaciones de TicketBAI son sólo para el emisor de la factura. Una factura recibida será deducible fiscalmente para el receptor aunque no tenga por ejemplo el código QR. Hacienda busca vincular la factura recibida declarada por un contribuyente con lo declarado por el emisor de esa factura.

Las inversiones necesarias para cumplir con este sistema, como por ejemplo, ordenador, software, certificado digital, etc. Llevarán una deducción del 30% en la cuota íntegra. Pero deberán de estar realizadas en el año natural 2020.

Hay actividades que por ejemplo están exentas de IVA y por lo tanto no están obligadas a expedir facturas. Sin embargo sí están obligadas a emitir un documento equivalente que siga este sistema de TicketBAI.

A partir del 01/07/2020 se puede voluntariamente comenzar con este sistema. Pero será obligatorio para todos los ejercicios fiscales iniciados a partir del 01/01/2021.

Siguiendo las recomendaciones de la OCDE, el régimen sancionador será muy relevante ya que tiene que tener efectos disuasorios. A partir del sistema TicketBAI, si no te dan un ticket o factura sabremos que NO se declarará a Hacienda.

Cuidado con la comparativa en los ingresos del año 2020 sin ticketBAI, con los del 2021 con sistema ticketBAI. Si hay mucha diferencia podrá conllevar revisión. A partir de ahora es posible recibir más requerimientos por parte de Hacienda.

Para las personas jurídicas, además de cumplir con el sistema TicketBAI y de enviar en sede electrónica el libro registro de operaciones económicas, deberán de enviar también en sede electrónica el libro registro de movimientos contables, es decir, el diario contable en el formato de Hacienda, en el plazo de cuatro meses posteriores al cierre. Dicho diario incluirá todos los asientos contables, es decir, incluido el asiento del impuesto de sociedades. Si posteriormente hubiera alguna modificación, se deberá de presentar una declaración sustitutiva.

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